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La Mujer en el Islam: ¿Es la mujer verdaderamente dignificada en el Islam? (Parte 2)


En occidente, el Islam es considerado el símbolo por excelencia de la subordinación de la mujer. Los musulmanes, sin embargo, consideran tal acusación injusta y calumniosa. Aunque según el Corán (libro sagrado de los musulmanes) tanto los hombres como las mujeres han sido creados por Dios, esto no ha impedido que en las sociedades islámicas se relegue a la mujer a un papel inferior en relación con el hombre. Se dice frecuentemente que los musulmanes tratan a sus mujeres como reinas, que estas poseen igualdad de derechos que los hombres y que, además, las honran tanto que no permiten que estas se exhiben pública e indecentemente como las cristianas. Asimismo, argumentan que los musulmanes son los mejores esposos que cualquier mujer pudiera desear; pero ¿Refleja esto la realidad objetiva o es pura propaganda mediática para blanquear la imagen del Islam en Occidente? ¿Qué tal si estudiamos lo que el mismísimo Corán, la tradición islámica y la realidad de los países musulmanes nos dicen al respecto? Analicemos en esta ocasión el trato que recibe la mujer musulmana en relación con las leyes de herencia, su supuesta igualdad ante la ley islámica (sharía) y su acceso al paraíso.

I.- LA MUJER Y LAS LEYES DE LA HERENCIA EN EL ISLAM:

La regla general en el Islam es que la porción de la hembra es la mitad de la del varón excepto en los casos en que la madre recibe una porción igual a la del padre: “… Sea para los hombres una parte de lo que los padres y parientes más cercanos dejen; y para las mujeres una parte de lo que los padres y parientes más cercanos dejen. Poco o mucho, es una parte determinada…”. (Corán, Sura 4, An-Nísa’, Las Mujeres, Aleya 7).

“… Dios os ordena lo siguiente en lo que toca a vuestros hijos: que la porción del varón equivalga a la de dos hembras. Si éstas son más de dos, les corresponderán dos tercios de la herencia. Si es hija única, la mitad. A cada uno de los padres le corresponderá un sexto de la herencia, si deja hijos; pero, si no tiene hijos y le heredan sólo sus padres, un tercio es para la madre. Si tiene hermanos, un sexto es para la madre. Esto, luego de satisfacer sus legados o deudas. De vuestros ascendientes o descendientes no sabéis quiénes os son más útiles. Ésta es obligación de Dios. Dios es omnisciente, sabio. A vosotros os corresponde la mitad de lo que dejen vuestras esposas si no tienen hijos. Si tienen, os corresponde un cuarto. Esto, luego de satisfacer sus legados o deudas. Si no tenéis hijos, a ellas les corresponde un cuarto de lo que dejéis. Si tenéis, un octavo de lo que dejéis. Esto, luego de satisfacer vuestros legados o deudas. Si los herederos de un hombre o de una mujer son parientes colaterales y le sobrevive un hermano o una hermana, entonces, les corresponde, a cada uno de los dos, un sexto. Si son más, participarán del tercio de la herencia, luego de satisfacer los legados o deudas, sin dañar a nadie. Ésta es disposición de Dios. Dios es omnisciente, benigno…”. (Corán, Sura 4, An-Nísa’, Las Mujeres, Aleya 11-12).

“… Te piden tu parecer. Di: «Dios os da el Suyo a propósito de los parientes colaterales. Si un hombre muere sin dejar hijos, pero sí una hermana, ésta heredará la mitad de lo que deja, y si ella muere sin dejar hijos, él heredará todo de ella. Si el difunto deja dos, éstas heredarán los dos tercios de lo que deje. Si tiene hermanos, varones y hembras, a cada varón le corresponderá tanto como a dos hembras juntas. Dios os aclara esto para que no os extraviéis. Dios es omnisciente…”. (Corán, Sura 4, An-Nísa’, Las Mujeres, Aleya 176).

Este principio, notoriamente injusto desde nuestra perspectiva occidental, es justificado por los eruditos musulmanes argumentando que las obligaciones financieras de los hombres en el Islam exceden con mucho a las de las mujeres, principalmente porque el novio debe proporcionarle un regalo a su novia como dote y porque el marido musulmán tiene la obligación del mantenimiento de su esposa e hijos. No obstante, la naturaleza patriarcal y discriminativa de dicha prohibición es evidente aún en dichos argumentos de defensa.

II.- LA LEY SHARÍA: EL FRUTO MÁS AMARGO DEL ISLAM.

Las leyes religiosas (y en ocasiones también civiles) que provienen del Corán se denominan Sharía (vía, senda o camino recto). Dicha ley es para los musulmanes la ley de Dios tal como fue revelada por Muhammad. Son reglas sobre todos los aspectos de la vida; desde las acciones individuales hasta los asuntos de Estado. La Ley Sharía constituye un código detallado de conducta en el que se incluyen también los modos del culto, los criterios de la moral y la vida; las cosas permitidas o prohibidas y las leyes separadoras entre el bien y el mal. La Sharía es vital en la vida de las mujeres musulmanas, ya que los códigos de familia de casi todos los países musulmanes afirman basarse en ella, por tanto, se basan en la religión, en la voluntad de Dios (como es entendida por los eruditos del Islam) y en la ley divina, que son inmutables según la concepción islámica.

Aunque algunos musulmanes que viven en países Occidentales afirmarían que la Sharía es una cuestión de conciencia personal, lo cierto es que ésta ha sido formalmente instituida como ley por ciertos Estados o tribunales, que velan por su cumplimiento, como es el caso de Irán, Afganistán, Nigeria, Arabia Saudita y Sudán.

La Sharía es identificada como derecho islámico que fue establecido en los primeros siglos del Islam, y quedó fijado en diversos compendios en el siglo XI. El derecho islámico medieval permaneció sin cambios durante siglos, pero con la modernización hubo un cambio fundamental, pasando de un derecho no codificado, que abarcaba todos los aspectos de las relaciones sociales, a desgajar sucesivas ramas que pasaron a regirse por una legislación codificada de tipo moderno. En el siglo XX, quedó el Derecho de Familia como único reducto que sigue la Sharía. Algunos países incluso cuentan con tribunales especiales, “tribunales de Sharía”, para aplicar el derecho islámico en los terrenos en que proceda, y éste es el caso de las cuestiones de mujeres y de familia.

Dentro de la Sharía existe una lista específica de ofensas conocidas como las ofensas Hadd. Son crímenes castigados con penas severas. Las transgresiones incluyen adulterio, prostitución, asesinato, acusaciones falsas, beber alcohol, robo y asalto en rutas. Las ofensas sexuales y el asesinato conllevan una pena de lapidación; el robo está penado con la amputación de una mano y el beber alcohol o las acusaciones falsas conlleva a azotes y palizas. Sin embargo, no todas estas penas se adoptan universalmente en los países islámicos. Algunos, como Arabia Saudita, afirman vivir bajo el imperio de la Sharía en toda su pureza, y aplican las penas mencionadas ante las ofensas Hadd. Por otro lado, en Pakistán no ocurre lo mismo. La mayoría de los países de Oriente Próximo, incluyendo a Jordania, Egipto, Líbano y Siria, no han adoptado las ofensas Hadd como parte de sus legislaciones estatales. La Sharía, además incluye como graves faltas, el ser homosexual, la desobediencia de las mujeres hacia la autoridad del padre o el esposo, las relaciones con infieles pertenecientes al mundo no islámico y el no cumplimiento de las normas de vestimenta de las mujeres, a las que, en caso de incumplimiento, se las considera inmorales y culpables en caso de violación.

La Ley Sharía tiende a considerar a la mujer como de menor valor que el hombre. Según la Sharía, un hombre vale igual que un camello, mientras que el valor de una mujer es la mitad de la de un hombre, es decir, medio camello. Otro ejemplo de discriminación es que en los juicios, el testimonio de una mujer vale la mitad que el de un hombre, por lo que se necesita que dos mujeres testifiquen para que tenga el mismo valor. Esto es enseñado por el mismo Corán: “… Llamad, para que sirvan de testigos, a dos de vuestros hombres; si no los hay, elegid a un hombre y a dos mujeres de entre quienes os plazcan como testigos, de tal modo que si una yerra, la otra subsane su error…”. (Corán, Sura 2, Al-Báqarah, La Vaca, Aleya 282).

Por otro lado, el testimonio de una mujer debe ser corroborado por el de un hombre. En caso de violación es muy difícil para una mujer demostrarlo. Una mujer violada no tiene ninguna credibilidad, necesita un mínimo de cuatro testigos, que no pueden ser ni familiares ni amigos. Si la mujer violada queda embarazada, el hijo será la prueba material del delito de adulterio y la mujer será lapidada en cuanto el bebé pase el período de lactancia. En consecuencia, son pocas las condenas a hombres violadores.

Tal como se mencionó anteriormente, la Ley Sharía considera a los varones libres de casarse hasta con cuatro mujeres al mismo tiempo, y pueden disfrutar de “matrimonios temporales”, un mecanismo social y legalmente aceptado para que los hombres puedan tener relaciones sexuales fuera del matrimonio, sin ser considerados “adúlteros”. De igual forma, un hombre puede divorciarse de su esposa libremente, mientras que ésta sólo puede hacerlo si su cónyuge es drogadicto o impotente sexual y es capaz de demostrarlo.

Donde la Sharía es ley, la lapidación es oficial. La lapidación es la tortura que consiste en enterrar hasta el pecho a mujeres condenadas, para que luego sean apedreadas hasta morir desangradas. El Artículo 104 del Código Penal Iraní establece que “… las piedras no deben ser excesivamente grandes para no provocar la muerte al primer o al segundo golpe…”, con la intención de hacer la muerte del condenado más lenta y dolorosa. No obstante, si consigue sobrevivir, lo cual es altamente improbable, es “agraciado” con una pena de 15 años de cárcel. Las víctimas más habituales de las lapidaciones suelen ser mujeres acusadas de adulterio. Además de las condenas a muerte, el sistema penal iraní (basado en la Sharía) cuenta con un amplio abanico de castigos corporales. En otros países musulmanes como Arabia Saudita la situación es similar.

Otro terrible mal de las sociedades islámicas es la ablación genital femenina. La mayoría de los musulmanes se sitúan en contra de esta técnica, pero se sigue efectuando en algunas tribus de países musulmanes. Es una forma de mutilación de los órganos genitales femeninos por razones religiosas o rituales, a menudo como parte de un rito de iniciación. La ablación genital femenina implica la extirpación quirúrgica de partes del clítoris y de los labios mayores y menores. También se practica a veces la infibulación, que consiste en coser los labios mayores dejando sólo una pequeña apertura por la que pueda fluir la orina y el líquido menstrual. Las mujeres que han sufrido este tipo de intervención sufren grandes dolores cuando mantienen relaciones sexuales o dan a luz. Este tipo de operación presenta ciertos riesgos, ya que al ser normalmente realizada por comadronas no cualificadas y en condiciones poco higiénicas, existe el peligro de que la paciente contraiga infecciones como el tétanos. Además, la infibulación puede producir una retención del líquido menstrual y provocar la muerte.

III.- EL INFIERNO: UN LUGAR LLENO DE MUJERES SEGÚN MUHAMMAD. Muhammad, haciendo gala de misoginia y machismo, enseñó que las mujeres serían las habitantes más numerosas del Yahannam (El término Yahannam es el nombre dado en el Islam al infierno. Proviene del vocablo griego geenna (γεέννα, géenna), el cual a su vez representa al término hebreo Ge-Hinnom (el valle de Tofet) y una palabra aramea correspondiente). Se cuenta que Muhammad dijo: “… Miré en el Paraíso y vi que la mayoría de sus habitantes eran gente pobre. Y miré en el Infierno, y vi que la mayoría de sus habitantes eran mujeres…”. (Hadices, Narrado por al-Bujari, 3241; Muslim, 2737).

Con respecto a la razón para esto, Muhammad dijo: “… El Mensajero de Allah (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Se me mostró el Infierno, y nunca había visto nada más espantoso que eso. Y vi que la mayoría de sus habitantes eran mujeres…”.

Sus compañeros le preguntaron, “¿Por qué, Mensajero de Allah?”. Y él respondió: “… Por su ingratitud”. Le preguntaron: “¿Fueron ellas ingratas con Dios?”, y le respondió: “… Ellas fueron ingratas con sus compañeros (esposos), y no recompensaron el buen trato que se les dio. Si tú eras amable con ellas a lo largo de toda tu vida y ellas ven algo indeseable en ti, decían: Siempre lo mismo, nunca hiciste nada bueno por mí…”. (Hadices, Narrado por al-Bujari, 1052).

Se narra que en cierta ocasión Muhammad salió del oratorio el día de la festividad del ‘Id al-Adhá o del ‘Id al-Fítr. Pasó cerca de las mujeres y les dijo: “… ¡Oh, mujeres! Den en caridad, porque yo he visto que ustedes serán las habitantes más numerosas del Infierno…”. Ellas preguntaron: “¿Por qué, Mensajero de Allah?”, y él respondió: “… Porque maldicen a menudo y son ingratas con sus esposos. No he visto a nadie más débil en criterio y compromiso religioso que ustedes. Un hombre cauto y sensible podría caer en la perdición por cualquiera de ustedes…”.

Las mujeres preguntaron: “… Oh, Mensajero de Allah, ¿qué está mal con nuestro criterio y nuestro compromiso religioso?...”. Muhammad respondió: “… ¿Acaso el testimonio de dos mujeres no es igual al de un hombre?...”, y ellas respondieron: “Sí”. Entonces él dijo: “… Esto implica una debilidad en su criterio. ¿No es verdad acaso que las mujeres no pueden ni rezar ni ayunar durante sus períodos?”. Las mujeres respondieron “Sí”. Él respondió: “Esto implica una debilidad en su compromiso religioso…”. (Hadices, Narrado por al-Bujari, 304).

Se narra que Yábir ibn ‘Abd Allah dijo: “… Yo asistí a las oraciones del ‘Id con el Mensajero de Allah (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él). Él comenzó con la oración antes del sermón, sin adhán ni iqámah. Entonces se paró, se inclinó sobre Bilal, hablándole del temor a Dios y urgiéndole a obedecerle. Le predicó a la gente y les recordó sus deberes. Entonces fue a las mujeres y les predicó a ellas, les recordó sus deberes. Entonces dijo: ‘Den en caridad, porque ustedes son las habitantes más abundantes del Infierno´. Una mujer con las mejillas oscuras se paró en medio de las mujeres y dijo, ´ ¿Por qué es eso, Mensajero de Allah?´, y él dijo: ´Porque se quejan demasiado y son ingratas con sus esposos´. Entonces ellas comenzaron a dar sus joyas en caridad, arrojando sus aretes y anillos en la capa de Bilal…”. (Hadices, Narrado por Muslim, 885).

EN CONCLUSIÓN:

Lo anteriormente expuesto debería ser más que suficiente para convencer al mayor de los escépticos. La discriminación de la mujer en el Islam va más allá del uso del velo o de prohibirles entrar a la mezquita durante la menstruación. Aunque pocos musulmanes estarían de acuerdo con nuestra afirmación, pues la pasión y el celo religioso a veces pesan más que la evidencia para los fanáticos, lo cierto es que el Islam es una religión machista que aún hoy en día viola de manera sistemática los derechos de la mujer, considerándola un ser de segunda categoría y argumentando en su defensa que sólo lo hace para protegerla, negándole derechos fundamentales que gozan las mujeres de otras partes del mundo. La libertad que gozan las mujeres cristianas en Occidente es sólo un sueño para muchas mujeres musulmanas.

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